CAPÍTULO II. Metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera
Disposición adicional primera. Tasa de retribución financiera para transporte y distribución de energía eléctrica para el período regulatorio 2020-2025.
1. Los parámetros para transporte y distribución de energía eléctrica son los siguientes:
R<sub>FP</sub>: 6,40 %.
RA: 50 %.
*R*<sub>LR</sub>*:*2,97 %.
β<sub>U</sub>: 0,41.
β: 0,72.
*PRM:*4,75 %.
*R*<sub>D</sub>: 2,63 %.
2. La tasa WACC nominal después de impuestos, calculada según la fórmula del apartado 2 del artículo 2 será la siguiente: 4,19 %.
3. La tasa de retribución financiera para el transporte y distribución de energía eléctrica, obtenida de la fórmula del apartado 1 del artículo 2, será la siguiente: 5,58 %.
Texto oficial de Circular 2/2019, de 12 de noviembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural (BOE-A-2019-16639). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.