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CAPÍTULO II. Retribución de la actividad de distribución

Artículo 11. Retribución de despachos de maniobra cuya puesta en servicio ha sido posterior al 31 de diciembre de 2014.

Texto oficial de Circular 6/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica (BOE-A-2019-18261). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.