Uno. Las estructuras orgánico-funcionales del Consejo General, así como de los servicios centrales, territoriales y centros especializados de la Dirección General, y cualquier otro órgano o entidad que resultaren afectados a la entrada en vigor de los presentes Estatutos continuarán en vigor hasta que se proceda a su adaptación a las nuevas previsiones estatutarias.
Dos. En igual sentido, la aprobación de una nueva estructura orgánico-funcional no alterará los nombramientos en vigor, manteniendo en sus cargos a los miembros designados para los distintos órganos de gestión hasta la terminación del mandato.
Texto oficial de Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (2019) (BOE-A-2019-18390). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. Estructuras orgánico-funcionales. — Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (2019) · BOE Fácil