TÍTULO III. Del régimen económico-financiero · CAPÍTULO V. De la tesorería y la financiación
Artículo 83. Facultades del Consejo General.
Corresponde al Consejo General de la ONCE:
a) Fijar los criterios para la aprobación, autorización, gestión y control de la tesorería y de la financiación de la ONCE.
b) Aprobar un código de conducta con los criterios para la realización de inversiones financieras de carácter temporal que deberá seguir en sus actuaciones la ONCE. Dicho código deberá estar inspirado en la normativa dictada por el Banco de España y por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y se basará en los principios de seguridad, liquidez y rentabilidad.
Texto oficial de Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (BOE-A-2019-18390). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 83. Facultades del Consejo General. — Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles · BOE Fácil