CAPÍTULO III. El secreto empresarial como objeto del derecho de propiedad
Artículo 7. Transmisión o licencia sin titularidad o facultades.
Quien transmita a título oneroso un secreto empresarial u otorgue una licencia sobre el mismo responderá, salvo pacto en contrario, frente al adquirente de los daños que le cause, si posteriormente se declarara que carecía de la titularidad o de las facultades necesarias para la realización del negocio de que se trate. Responderá siempre cuando hubiera actuado de mala fe.
Texto oficial de Ley de Secretos Empresariales (BOE-A-2019-2364). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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