TÍTULO III. Factor de Insularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 22 de febrero de 2019.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Texto oficial de Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes Balears (BOE-A-2019-2550). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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