Artículo 10. Análisis del proceso evaluativo y aseguramiento de la calidad de la certificación.
Tras la administración, evaluación y calificación de las pruebas, las administraciones educativas podrán realizar un análisis del proceso evaluativo en su conjunto y de la calidad del mismo y de las pruebas, incluyendo los resultados obtenidos por el alumnado en dichas pruebas.
Los resultados de estos análisis se recogerán en un informe que podrá tenerse en cuenta en ulteriores procesos de diseño, elaboración, administración, y evaluación y calificación de pruebas de certificación.
Texto oficial de Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial (BOE-A-2019-317). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.