Disposición transitoria cuarta. Proceso de normalización de los grupos y elementos de valoración para Escalas y empleos que no disponen de datos estadísticos para el cálculo de umbrales.
El Director General de la Guardia Civil determinará los valores de los umbrales superiores e inferiores para cada concepto, elemento o grupo afectados de aquellas evaluaciones a las que resulte aplicable el proceso de valoración previsto en el capítulo IV de esta orden, correspondientes a las Escalas y empleos de los que, a la entrada en vigor de la misma, no se disponga de datos estadísticos necesarios para el proceso de normalización previsto en el apartado 2 del anexo, y mientras no consten antecedentes de evaluaciones resultantes de la aplicación de esta orden.
Texto oficial de Orden PCI/346/2019, de 25 de marzo, por la que se establece el procedimiento y normas objetivas de valoración aplicables a los procesos de evaluación en la Guardia Civil (BOE-A-2019-4482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.