Disposición transitoria segunda. Consideración del empleo de Alférez.
Cuando en esta orden se hace referencia a los empleos de la categoría de Oficiales respecto a la consideración de los grupos de valoración descritos en el capítulo II y sus efectos en las evaluaciones, se considerará incluido en la citada categoría el empleo de Alférez de la Escala de Oficiales y de la Escala Facultativa Técnica, ambas de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, para quienes se hubieran integrado en la Escala de Oficiales definida en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, a partir del 1 de julio de 2017.
Texto oficial de Orden PCI/346/2019, de 25 de marzo, por la que se establece el procedimiento y normas objetivas de valoración aplicables a los procesos de evaluación en la Guardia Civil (BOE-A-2019-4482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.