CAPÍTULO III. De la enseñanza de perfeccionamiento · Sección 4.ª Formación continua
Artículo 32. Plan General de Formación Continua.
1. Por parte de la Jefatura de Enseñanza se elaborará, con la periodicidad que se determine, un Plan General de Formación Continua, en el que se concretarán, de forma priorizada, las actividades formativas cuya finalidad sea la de actualizar o ampliar la formación del personal de la Guardia Civil que se determine, atendiendo a sus funciones, encuadramiento o necesidades formativas.
2. Las actividades formativas que integrarán el Plan General de Formación Continua serán aquellos cursos, jornadas, seminarios, congresos, ponencias, así como cualquier otra actividad que contribuya a alcanzar la finalidad anterior.
3. Las actividades formativas que figuren en el Plan General de Formación Continua serán convocadas de forma centralizada por la Jefatura de Enseñanza, por propia iniciativa o a propuesta de las unidades de acuerdo con el Plan Global de Cursos.
> <small>Se modifica por el art. 1.15 de la Orden PJC/598/2025, de 9 de junio. [Ref. BOE-A-2025-11787](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-11787)</small>
Texto oficial de Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil (BOE-A-2019-4485). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.