CAPÍTULO II. Pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil
Artículo 6. Pruebas físicas.
1. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones de brazos). (P3).
d) Soltura acuática. (O1).
2. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de suboficiales y a la escala de oficiales, en el sistema de promoción profesional, serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones de brazos). (P3).
> <small>Se modifica por el art. 1.4 de la Orden PCM/1071/2023, de 26 de septiembre. [Ref. BOE-A-2023-20178](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-20178)</small>
> <small>Téngase en cuenta, respecto a la supresión de la prueba de soltura acuática en el apartado 2, la disposición transitoria única de la citada Orden.</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 1.1 de la Orden PCM/286/2023, de 23 de marzo. [Ref. BOE-A-2023-7660#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7660)</small>
Texto oficial de Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil (BOE-A-2019-4651). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.