CAPÍTULO II. Pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil
Artículo 7. Marcas a superar y calificación de las pruebas.
1. Las marcas que deberán superarse en las pruebas establecidas conforme al artículo anterior, serán las que se determinen en la correspondiente convocatoria.
2. La calificación de dichas pruebas será de apto o no apto.
Texto oficial de Pruebas Físicas en la Guardia Civil (BOE-A-2019-4651). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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