CAPÍTULO III. Procedimiento para la concesión de autorización, conversión de socio a miembro o viceversa y extinción de la autorización de la condición de miembros y socios de EURES en España
Artículo 15. Vigencia de la autorización.
La autorización como miembro o socio de EURES en España tendrá una vigencia indefinida. A estos efectos, y sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento y análisis contemplados en el capítulo II, los Servicios Públicos de Empleo comprobarán que se mantienen los requisitos y condiciones que determinaron su otorgamiento, y que no concurre ninguna de las causas para su revocación previstas en el artículo 17 de este real decreto.
Texto oficial de Admisión de Miembros y Socios de la Red EURES en España (BOE-A-2019-4674). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Vigencia de la autorización. — Admisión de Miembros y Socios de la Red EURES en España · BOE Fácil