CAPÍTULO V. Remisión de información periódica al Banco de España
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de marzo de 2019.–El Gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos.
Texto oficial de Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos (BOE-A-2019-4955). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.