TÍTULO II. Órganos de Gobierno del Consejo General · CAPÍTULO III. Cargos de la Junta Directiva del Consejo
Artículo 15. De la Vicepresidencia: Designación y funciones.
1. Ostentará la Vicepresidencia quien lo sea en la Junta Directiva del CGCTO.
2. Serán funciones de la Vicepresidencia coadyuvar con la Presidencia en el desarrollo de sus tareas y funciones, proponiéndole cuantas cuestiones estime convenientes para la consecución de los fines del CGCTO así como sustituir a la Presidencia en los casos establecidos estatutariamente.
Texto oficial de Estatutos del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales (BOE-A-2019-604). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. De la Vicepresidencia: Designación y funciones. — Estatutos del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales · BOE Fácil