A efectos del cómputo del periodo de carencia requerido para el acceso a las prestaciones que podría causar el beneficiario de esta compatibilidad, solo se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas con posterioridad al hecho causante de la pensión contributiva de jubilación.
Texto oficial de Real Decreto 302/2019, de 26 de abril, por el que se regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística, en desarrollo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía (BOE-A-2019-6298). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.