CAPÍTULO I. De las Consejerías y Agregadurías de Agricultura, Pesca y Alimentación · Sección 2.ª Medios
Artículo 5. Recursos humanos.
Para el desempeño de sus funciones, las Consejerías y Agregadurías del Departamento dispondrán del personal contemplado en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo para el personal funcionario y para el personal laboral del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Texto oficial de Consejerías de Agricultura, Pesca y Alimentación en el Exterior (BOE-A-2019-6484). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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