Artículo 4. Información relativa a los procedimientos de concesión de permisos y licencias en el punto de información único.
1. Dentro del punto de información único se accederá, de manera pública, a todos los enlaces a las páginas web de las Administraciones Públicas en las que, de conformidad con el artículo 9.1 del Real Decreto 330/2016 de 9 de septiembre, se haya publicado toda la información relativa a las condiciones y los procedimientos aplicables para la instalación y despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados.
2. Asimismo, a través del punto de información único, se accederá a enlaces a las páginas web de aquellas Administraciones Públicas que hayan habilitado la posibilidad de efectuar de manera electrónica solicitudes sobre permisos, licencias o tramitación de otra documentación que las sustituyan.
3. Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Avance Digital se especificarán los métodos de entrega, requisitos de autenticación y frecuencia de actualización de los enlaces a los que se refiere este artículo.
Texto oficial de Orden ECE/529/2019, de 26 de abril, por la que se pone en funcionamiento el Punto de Información Único establecido en el Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, relativo a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad (BOE-A-2019-6997). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.