CAPÍTULO III. De los órganos gubernativos y administrativos del Colegio · Sección 1.ª De la junta de gobierno
Artículo 22. Carácter de los cargos.
Todos los cargos de la Junta de Gobierno son puramente honoríficos, no pudiéndose percibir por su ejercicio remuneración alguna. No obstante, la Junta de General podrá acordar, si las circunstancias así lo aconsejan, la concesión de la retribución que considere oportuna a aquellos de sus miembros que, por la misión que se les asigne, tengan necesidad de prestar una dedicación continuada a la gestión de los asuntos colegiales.
Texto oficial de Real Decreto 776/2020, de 25 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales (BOE-A-2020-10194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Carácter de los cargos. — Real Decreto 776/2020, de 25 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales · BOE Fácil