ANEJO. Resolución de 23 de septiembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad · EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Disposición adicional segunda. Protocolo interno de buenas prácticas para facilitar una gestión armonizada de los expedientes de coordinación.
La ley 13/2015, de 24 de junio, persigue la efectiva coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad, estableciendo un sistema de comunicación bidireccional semiautomatizado, basado en la utilización de las nuevas tecnologías en el ámbito de la Administración electrónica.
Para ello, resulta esencial asegurar la precisión e interoperabilidad de los datos que, conforme al artículo 10.6 de la Ley Hipotecaria, han de ser objeto de comunicación entre ambas instituciones. Esto exige la definición de unas prácticas de gestión homologables, tanto a nivel catastral como registral, que garanticen una aplicación armonizada de la legislación vigente por todos los actores involucrados en el proceso de coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad para lo que es imprescindible la elaboración de un protocolo de buenas prácticas que incluya un glosario de términos utilizados.
Por todo ello, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Resolución se formará un grupo mixto de trabajo, con la finalidad de redactar el protocolo de buenas prácticas para la coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad, que deberá estar finalizado en el plazo de seis meses desde dicha publicación.
###### Disposición final. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Los desarrollos necesarios para la aplicación práctica de la presente Resolución, previstos en las dos Disposiciones Adicionales, entrarán en vigor a medida que se elaboren o implementen los servicios y comunicaciones correspondientes, y sin perjuicio de los plazos máximos previstos en las mismas.
La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón Amunárriz.
Texto oficial de Resolución de 7 de octubre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad (BOE-A-2020-12111). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.