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CAPÍTULO V. Competencias delegadas por la persona titular de la Subsecretaría

Artículo 22. Delegación de competencias en las personas titulares de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos, de la Secretaría General Técnica, de la Dirección del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, de las gerencias territoriales, de la Jefatura de Área de Coordinación de la Unidad de Apoyo al Fiscal General del Estado, de la Subdirección General de Cooperación y Coordinación Territorial de la Administración de Justicia, de la Subdirección General de Obras y Patrimonio, de la Subdirección General de Documentación y Publicaciones y de la División de Oficialía Mayor.

Texto oficial de Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias (BOE-A-2020-12822). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.