Lo previsto en esta Ley no supondrá, en ningún caso, la alteración de las competencias atribuidas a las autoridades públicas por su legislación específica, sin perjuicio del deber general de colaboración entre ellas a los efectos del cumplimiento de la presente Ley y de la consecución de su objeto.
Texto oficial de Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero (BOE-A-2020-14205). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Competencias. — Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero · BOE Fácil