Artículo 6. Transformación de juzgados y modificación de la denominación y del número de juzgados.
1. Los Juzgados de Primera Instancia número 4 de Huelva, número 4 de Jaén y número 3 de Albacete y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo, en funcionamiento y que actualmente compatibilizan la materia de lo Mercantil, se transforman en Juzgados de lo Mercantil número 1 de Huelva, número 1 de Jaén, número 1 de Albacete y número 1 de Toledo.
2. Como consecuencia de la transformación prevista en el apartado anterior, se modifica la denominación y el número de los Juzgados de Primera Instancia de Huelva, Jaén y Albacete y de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Toledo, desde la fecha de efectividad de la transformación citada.
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