CAPÍTULO II. Ordenación de la enseñanza de formación · Sección 6.ª Aspectos comunes
Artículo 26. Evaluación.
El sistema de enseñanza de formación de oficiales, suboficiales y tropa y marinería estará sujeto a un proceso continuado de evaluación que incluirá, la evaluación de los centros docentes militares, la de la actividad docente del profesorado involucrado en la impartición de los planes de estudios y la especifica de los mismos, con el fin de detectar sus áreas de mejora y en consecuencia adoptar las medidas correctoras que garanticen una enseñanza de calidad que asegure la consecución de las capacidades necesarias para el posterior ejercicio profesional del militar.
Texto oficial de Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas (BOE-A-2020-15394). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Evaluación. — Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas · BOE Fácil