ANEXO. Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de España · CAPÍTULO III. Gobierno
Artículo 16. La Junta Directiva.
La Junta Directiva estará compuesta por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario General, el Vicesecretario, el Tesorero, el Bibliotecario y los presidentes de las tres Secciones. Corresponde a la Junta Directiva:
a) Examinar y, si procede, aprobar los discursos de ingreso y de contestación.
b) Estudiar los presupuestos anuales, la cuenta de resultados, el balance de situación y el plan estratégico antes de que sean remitidos al Pleno.
c) Seleccionar el personal de la Academia y establecer el régimen laboral del mismo.
d) Establecer la distribución de los locales de la sede de la Academia para su mejor uso.
e) Elaborar anualmente el calendario de actividades.
f) Programar las Conferencias Generales.
g) Desarrollar cualquier otra función que, no estando atribuida en estos Estatutos a otro órgano, le sea encomendada por el Reglamento.
Texto oficial de Real Decreto 1113/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de España (BOE-A-2020-16258). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.