CAPÍTULO I. Medidas extraordinarias dirigidas a arrendamientos de locales de negocios
Artículo 5. Consecuencias de la aplicación indebida de la reducción y el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta.
Las personas arrendatarias que se hayan beneficiado de la reducción y del aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta sin reunir los requisitos establecidos en el artículo 3, serán responsables de los daños y perjuicios que se hayan podido producir, así como de todos los gastos generados por la aplicación de estas medidas excepcionales, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden a que la conducta de los mismos pudiera dar lugar.
Texto oficial de Real Decreto-ley de Moratoria de Alquileres de Locales de Negocio por COVID-19 (BOE-A-2020-16823). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Consecuencias de la aplicación indebida de la reducción y el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta. — Real Decreto-ley de Moratoria de Alquileres de Locales de Negocio por COVID-19 · BOE Fácil