Disposición adicional primera. Permisos individuales de formación.
Los trabajadores podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2021, permisos individuales de formación para posibilitarles la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal, en los términos indicados en el artículo 2 de la presente resolución.
La asistencia podrá acreditarse mediante certificado de la entidad impartidora o mediante declaración responsable del beneficiario, que deberá comunicarse mediante el sistema telemático previsto en el artículo 9 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio.
Texto oficial de Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas (BOE-A-2020-17005). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.