CAPÍTULO II. Procedimiento para las convalidaciones · Sección 2.ª *Finalización del procedimiento. Resolución de convalidaciones*
Disposición adicional quinta. Convalidaciones entre módulos profesionales incluidos en otros títulos de Formación Profesional.
Las convalidaciones recogidas en los Anexos I, II, III y IV de este real decreto, así como las recogidas en los anexos correspondientes de los reales decretos de los títulos publicados con posterioridad al 5 de marzo de 2017, serán de aplicación a los módulos profesionales incluidos en cualquier ciclo formativo, con independencia del título de Formación Profesional al que perteneciera.
Texto oficial de Convalidación de Módulos Profesionales de Formación Profesional (BOE-A-2020-17274). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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