CAPÍTULO IX. Resolución de conflictos y régimen sancionador
Disposición final primera. Aplicabilidad del artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Con la entrada en vigor de este real decreto será de plena aplicación lo previsto en el artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en su normativa de desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria undécima de la misma ley.
Texto oficial de Real Decreto de Acceso y Conexión a las Redes Eléctricas (BOE-A-2020-17278). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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