TÍTULO III. Cánones aplicados al uso de los almacenamientos subterráneos básicos · C<sub>I,m</sub> = C<sub>M,m</sub> x M<sub>I</sub>
Artículo 37. Multiplicador aplicable a la inyección y extracción a contraflujo.
1.A la inyección y extracción diaria e intradiaria nominada en sentido contrario al sentido del flujo físico del gas se le aplicará un multiplicador de valor 1.
2. Este multiplicador podrá ser modificado con anterioridad al inicio del año de gas mediante orden del titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Texto oficial de Metodología de los Cargos del Sistema Gasista (BOE-A-2020-17279). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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