TÍTULO III. Cánones aplicados al uso de los almacenamientos subterráneos básicos · 
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
El real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo los títulos II y III que entrarán en vigor el 1 de enero de 2021 y la disposición final primera y el título I que entrarán en vigor el 1 de octubre de 2021.
Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2020.
**FELIPE R.**
**La Vicepresidenta Cuarta del Gobiernoy Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,**
**TERESA RIBERA RODRÍGUEZ**
Texto oficial de Metodología de los Cargos del Sistema Gasista (BOE-A-2020-17279). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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