Artículo 5. Actualización del Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
1. Los programas anuales de ejecución del Plan Estadístico Nacional 2021-2024 incorporarán a este plan aquellas operaciones estadísticas no incluidas inicialmente en él y que deban realizarse por los servicios de la Administración General del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de la misma ya sea por exigencia de la normativa europea, por cambios en la legislación nacional o por razones de urgencia, siempre que cuenten con consignación presupuestaria. Estas estadísticas se considerarán automáticamente dadas de alta en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
2. Asimismo, en los programas anuales se eliminarán las operaciones estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 que hayan dejado de realizarse. Estas estadísticas se considerarán automáticamente dadas de baja en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
3. Los programas anuales también incorporarán al Plan Estadístico Nacional 2021-2024 cualquier modificación de los aspectos esenciales descritos en el anexo III que se produzcan en las operaciones estadísticas en él incluidas.
Texto oficial de Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 (BOE-A-2020-17283). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.