Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
1. En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito del Ministerio, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
2. Atendiendo a su régimen competencial singular, mantendrá su dependencia orgánica actual la unidad TIC de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Texto oficial de Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática (BOE-A-2020-2386). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.