CAPÍTULO IV. Fase de control metrológico de instrumentos en servicio: Verificación periódica
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor a los ocho meses de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
> <small>Se modifica por la disposición final 1 de la Orden ICT/397/2020, de 30 de abril. [Ref. BOE-A-2020-4901](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4901)</small>
Madrid, 7 de febrero de 2020.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto Illera.
Texto oficial de Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida (BOE-A-2020-2573). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Entrada en vigor. — Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida · BOE Fácil