Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General que resulten afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en este real decreto continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura orgánica de este real decreto.
2. Hasta que se apruebe la nueva relación de puestos de trabajo, las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos por este real decreto se adscribirán provisionalmente, mediante resolución de la persona titular de la Subsecretaría, a los órganos regulados en este real decreto en función de las atribuciones que tengan asignadas.
3. Por resolución conjunta de las Subsecretarías de Ciencia e Innovación y de Universidades se arbitrarán las medidas precisas para distribuir, con arreglo a los criterios de proporcionalidad que resulten de aplicación, las unidades y puestos de trabajo inferiores a Subdirección General adscritos a los órganos de los servicios comunes.
Texto oficial de Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE-A-2020-2740). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.