Disposición transitoria tercera. Delegación de competencias.
1. Las delegaciones de competencias otorgadas mediante la Orden CNU/450/2019, de 12 de abril, por la que se delegan competencias, continuarán siendo válidas y eficaces, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas, en lo que se refiere al ámbito de actuación material atribuido a este departamento por el artículo 19 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
2. Las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se entenderán otorgadas en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia o función.
Texto oficial de Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE-A-2020-2740). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria tercera. Delegación de competencias. — Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación · BOE Fácil