Disposición adicional cuarta. Actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Subsecretaría de Universidades promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Atendiendo a su régimen competencial singular, en las unidades y en los organismos adscritos actuales o futuros, podrá existir una dependencia orgánica diferente para sus unidades TIC.
Texto oficial de Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades (BOE-A-2020-3168). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.