CAPÍTULO II. Medidas para la protección de la salud pública
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 10 de marzo de 2020.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Información relacionada
> <small>El Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, ha sido convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 25 de marzo de 2020. [Ref. BOE-A-2020-4170](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4170)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley de las Primeras Medidas por la COVID-19 (BOE-A-2020-3434). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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