Artículo 10. Calendario escolar en la enseñanza obligatoria.
En el curso 2019-2020, las administraciones educativas podrán adaptar el límite mínimo de días lectivos al que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las necesidades derivadas de las medidas de contención sanitaria que se adopten, cuando supongan la interrupción de actividades lectivas presenciales y se hubieran sustituido tales actividades por otras modalidades de apoyo educativo al alumnado.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 82, de 25 de marzo de 2020. [Ref. BOE-A-2020-4025](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4025)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 (BOE-A-2020-3580). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.