Desde las 00:00 horas del día 17 de marzo de 2020 se prohíbe el desembarco en el puerto de Ceuta de pasajeros embarcados en los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre la península y Ceuta, con excepción de los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada.
> <small>Se modifica por el art. 1 de la Orden SND/520/2020, de 12 de junio. [Ref. BOE-A-2020-6088#ap](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-6088)</small>
Texto oficial de Orden TMA/241/2020, de 16 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Ciudad de Ceuta (BOE-A-2020-3778). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Prohibiciones. — Orden TMA/241/2020, de 16 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Ciudad de Ceuta · BOE Fácil