CAPÍTULO I. Medidas de apoyo a los trabajadores, familias y colectivos vulnerables
Artículo 12. Solicitud de moratoria.
Los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación de este real decreto-ley podrán solicitar del acreedor, hasta el 29 de septiembre de 2020, una moratoria en el pago del préstamo con garantía hipotecaria para la adquisición de su vivienda habitual o de inmuebles afectos a la actividad económica que desarrollen empresarios y profesionales. Los deudores acompañarán, junto a la solicitud de moratoria, la documentación prevista en el artículo 17 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
> <small>Se modifica por la disposición final 8.2 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. [Ref. BOE-A-2020-7432#df-8](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-7432)</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 1.4 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-4208#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4208)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (BOE-A-2020-3824). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.