Se habilita a los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada y al Subsecretario de Defensa, en el ámbito de sus competencias, a establecer, con criterios objetivos, el nivel mínimo a alcanzar en los diversos cursos académicos, para la verificación de los conocimientos adquiridos por los alumnos. Todo ello condicionado a que las competencias generales y específicas no alcanzadas puedan obtenerse en cursos posteriores o en las unidades de destino en el caso de los alumnos de último curso
Texto oficial de Orden DEF/291/2020, de 26 de marzo, por la que se establece la competencia para determinar las asignaturas de los currículos de la enseñanza de formación susceptibles de ser impartidos a distancia y se habilita a los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada y al Subsecretario de Defensa, en el ámbito de sus competencias, a establecer, con criterios objetivos, el nivel mínimo a alcanzar en los diversos cursos académicos de formación para la verificación de los conocimientos alcanzados por los alumnos (BOE-A-2020-4127). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.