Disposición final segunda. Entrada en vigor y vigencia.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación hasta la finalización del plazo indicado en el artículo único de esta orden.
Madrid, 15 de abril de 2020.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
Texto oficial de Orden APA/349/2020, de 15 de abril, por la que se prorrogan las autorizaciones de los proyectos relativos al uso de animales con fines científicos concedidas en virtud del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia (BOE-A-2020-4489). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.