Artículo 9. Codificación de las máquinas agrícolas.
1. La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación caracterizará, clasificará, según la norma UNE 68051-0:1988 «Tractores y maquinaria agrícola y forestal. Clasificación y terminología. Parte 0: clasificación detallada», y codificará todos los modelos de máquinas para facilitar su inscripción y procesado informático.
2. La relación de los modelos de tractores autorizados y clasificados, con su código correspondiente, así como de sus estructuras de protección, se difundirá a través de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Texto oficial de Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola (BOE-A-2020-4666). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Codificación de las máquinas agrícolas. — Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola · BOE Fácil