Disposición adicional novena. Actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Departamento, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
No obstante, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social mantendrá su dependencia orgánica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, atendiendo a su régimen de competencia singular.
Texto oficial de Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE-A-2020-4763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.