Disposición final cuarta. Reglamentación de la estructura y competencias de la Gerencia Informática de la Seguridad Social.
Conforme al artículo 73 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social, y Migraciones, aprobará un real decreto de estructura y competencias de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social en el plazo de seis meses desde la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto.
Texto oficial de Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE-A-2020-4763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Reglamentación de la estructura y competencias de la Gerencia Informática de la Seguridad Social. — Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · BOE Fácil