Disposición adicional tercera. Supresión de órganos.
1. Quedan suprimidas las siguientes unidades con rango de subdirección general:
a) Subdirección General de Hidrocarburos.
b) Subdirección General de Energías Renovables y Estudios.
c) Subdirección General de Inspecciones y Liquidaciones Energéticas y de Análisis, Planificación y Prospectiva.
d) Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Agua.
e) Subdirección General de Programación Económica.
f) Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología.
g) Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico.
h) Subdirección General de Residuos.
i) Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial.
j) Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural.
k) Subdirección General de Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad.
l) Subdirección General de Personal e Inspección de los Servicios.
m) Subdirección General de Servicios y Coordinación.
2. Queda suprimida la Subdirección General de Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Asimismo, queda suprimida la División de Análisis y Estrategia del Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico.
Texto oficial de Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2020-4814). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.