Disposición adicional cuarta. Beneficios fiscales aplicables al evento «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort en 2022».
1. La celebración del evento «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort en 2022» endrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
2. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2022.
3. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
4. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano competente en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
5. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
> <small>Se modifica por la disposición final 42.2 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-2020-17339#df-43](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-17339)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019 (BOE-A-2020-4832). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.