Disposición final decimoctava. Desarrollo reglamentario y ejecución.
Se habilita al Gobierno y a las personas titulares de los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
> <small>Se renumera por el art. 11.15 de la Ley 14/2021, de 11 de octubre de 2021. [Ref. BOE-A-2021-16477#ad-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-16477)</small>
> <small>Anteriormente era la disposición final 12.</small>
Dado en Madrid, el 5 de mayo de 2020.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Información relacionada
> <small>El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, y su corrección de errores, han sido convalidados por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 20 de mayo de 2020. [Ref. BOE-A-2020-5217](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5217)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019 (BOE-A-2020-4832). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.