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TÍTULO III. De los efectos de la declaración de concurso · CAPÍTULO I. De los efectos sobre el deudor · Sección 1.ª De los efectos sobre el concursado en general

Artículo 116. Deber de formular las cuentas anuales en caso de suspensión.

Texto oficial de Ley Concursal (BOE-A-2020-4859). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 116. Deber de formular las cuentas anuales en caso de suspensión. — Ley Concursal · BOE Fácil